31 octubre 2006

Empresas y código penal

Habitualmente, al hablar de legislación aplicable en el entorno empresarial nuestro pensamiento se suele centrar en leyes "tecnológicas" como la LOPD, la LSSI o la LPI. Sin embargo, en muchas ocasiones nos olvidamos de que las empresas también están sujetas a la ordenación jurídica "común", es decir, las leyes de aplicación general.

En relación a este tema, la web ISO27000.es publica, entre las presentaciones de la jornada "Nuevos escenarios en Seguridad de la Información", que tuvo lugar en Valencia el día 27 de Septiembre de 2006, una presentación de Manuel Badenes, de Equipo Marzo, que expone las implicaciones que tiene el Código Penal en el ámbito de la empresa, y sus relaciones con las leyes anteriormente citadas. Una presentación realmente interesante, que nos recuerda que el incumplimiento de ciertas normativas y políticas internas no sólo puede llevar acarreadas acciones disciplinarias , sino que, si estas normas reflejan determinadas directrices legales, dicho imcumplimiento puede llegar a acarrear penas de prisión. Mejor tenerlo en cuenta, verdad?

30 octubre 2006

Cumpliendo con la LOPD

En un post anterior, un visitante exponía sus dudas acerca de las dificultades reales a la hora de cumplir con los requisitos del Reglamento de la LOPD. Esta reflexión me ha llevado a analizar un poco más a fondo lo que suponen las distintas exigencias de la LOPD y el reglamento, y los motivos más habituales de su incumplimiento.

Las obligaciones de la Ley (parte administrativa) son sencillas de cumplir para las empresas. Identificar los ficheros, definir su nivel y propiedades, desarrollar las fórmulas legales (garantizar derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición) y dar de alta los ficheros no es una tarea compleja. Sin embargo, la realidad nos dice que todavía hay empresas que no cumplen este apartado, sobre todo entre las PYMEs y microPYMEs, y la principal razón aducida suele ser el desconocimiento. Pese a todo, esto no supone un problema para el común de los usuarios, ya que en su mayoría también desconocen los citados derechos, y por lo tanto no suelen pretender hacer uso de ellos. Ni siquiera el ejercicio del deber de información (por cierto, uno de los apartados en los que más suspensos suelen tener las empresas) suele tener efectos, ya que los usuarios no suelen leer la "letra pequeña".

Las obligaciones técnicas impuestas por el Reglamento suponen un problema distinto. En este caso, se impone la adopción de determinadas medidas técnicas que, en muchos casos, obligan a la adquisición y uso de ciertas tecnologías que permitan control de accesos, logging, backup, etc. Aquí las empresas con presupuesto ajustado se llevan la peor parte, ya que muchas aducen que su presupuesto es incapaz de afrontar la compra de estas herramientas y/o la contratación de servicios técnicos para su integración. Por un lado, la compra de las licencias software necesarias no suele ser una prioridad, y en ciertos entornos con datos hasta ahora de nivel alto la adquisición de herramientas que cumplan con el control de acceso y logging a nivel de registro suele ser prohibitiva. Por otra parte, son todavía muchos los ámbitos en los que la informática se ve como un "bicho raro", y la filosofía de "mejor no tocar" suele ser común. Por lo tanto, en muchas empresas que cuentan con la tecnología base para implementar las citadas medidas técnicas, estas no se despliegan por desconocimiento o dejadez.

Y precisamente la dejadez es uno de los motivos por los que no se desarrollan las medidas operativas a las que obliga el reglamento. El mantenimiento de listas de usuario, la realización y comprobación de backups o el registro de entradas y salidas son tareas que exigen cierta dedicación. Sin embargo, son muchos los casos en los que no se da a estas tareas la prioridad necesaria, o en los que el responsable del fichero ni siquiera define a los encargados de realizarlas. En definitiva, estas tareas acaban por no realizarse con la frecuencia necesaria, y en algunos casos terminan por dejar de hacerse. Cuando el negocio y la productividad es lo fundamental, en algunos entornos se descuidan otras obligaciones. Sobre todo, si los recursos humanos son escasos, están sobre-explotados o sus responsabilidades están insuficientemente definidas.

Como comentaba este visitante, es dificil que las empresas que no cumplen adecuadamente con los requisitos de la LOPD garanticen la continuidad de su negocio. En este tipo de entornos, en muchos casos el día a día es suficiente preocupación. Y, sin embargo, toda empresa, independientemente de su dimensión, está obligada a cumplir con las exigencias legales aplicables, y por tanto con la LOPD. Es más: en un entorno cada día más interactivo e interconectado, aspectos como la seguridad de la información van a ir cobrando cada día más relevancia. ¿Cómo conciliar estos dos aspectos?

Esta última pregunta, desde mi punto de vista, subyace en la redacción del nuevo reglamento. Al menos, en el apartado de reducir el nivel de ciertos ficheros "comunes", con el fin de reducir las exigencias mínimas para las empresas "corrientes". Creo que este nuevo reglamento reduce estos mínimos y facilita la adopción de medidas, en muchos casos no-técnicas, para el común de las empresas. Sin embargo, creo que este nuevo borrador de reglamento también intensifica, en los ficheros de mayor nivel, los controles a implementar, con la particularidad de que tras la redefinición de niveles estas medidas son aplicables en entornos que habitualmente tienen mayor capacidad técnica y económica, a priori. De este modo, empresas pequeñas como talleres de reparación, bares o comercios verán relajadas sus exigencias, mientras que aseguradoras, banca o empresas del ámbito sanitario deberán cumplir con mayores exigencias, acordes al mayor nivel de los datos manejados y al mayor potencial económico para su cumplimiento. En definitiva, se trata de adecuar las medidas tanto a los datos manejados como a la capacidad de las empresas, para que todos podamos salir beneficiados.

Agradecimientos

Este post lo quiero dedicar únicamente a dar las gracias a todas las personas que han referenciado este blog, y que han contribuido a que tenga mucha más difusión de la que yo me esperaba. Son, como mínimo, los siguientes:
  • Sergio Hernando, a través de este post en su blog.
  • Jose Manuel Fernández, en este post.
  • Segu-Info.com.ar, en sus citas.

Seguro que me dejo a muchas personas (pido disculpas). A todos ellos, muchas gracias por los elogios, y espero no defraudaros. Intentaré que los post sigan teniendo la misma calidad que les habeis concedido a los publicados hasta el momento.

Y por último, gracias a todos los que leeis habitualmente el blog. Es una verdadera satisfacción ver que hay más personas a las que interesan estas reflexiones. Y que sepais que trataré de dar respuesta a todas las inquietudes que planteeis a través del blog.

Muchas gracias a todos.

Un saludo,

Joseba.

27 octubre 2006

Outsourcing de servicios de seguridad

No sé si por casualidad o porque en estos últimos tiempos se está poniendo de moda, el caso es que últimamente han caído entre mis manos varios artículos sobre outsourcing de seguridad. En general, el mensaje de todos ellos venía a ser similar:
El outsourcing de servicios de seguridad es positivo siempre y
cuando el prestador de servicios sea de garantía, se externalicen únicamente
aquellos servicios en los que el expertise externo suponga un verdadero
valor añadido y en todo caso se mantenga el adecuado control sobre los
servicios externalizados.

Realmente, la conclusión no aporta demasiado, puesto que las tres condiciones parecen evidentes y de sentido común. Pesea a ello, creo que es una conclusión interesante ya que define, a grandes rasgos, las líneas de trabajo a seguir por una organización que quiera externalizar servicios (nótese que no me limito exclusivamente a los servicios de seguridad):
  • Selección de prestadores de servicios de garantía: Definamos los requisitos a exigir a los prestadores, y verifiquemos las referencias. Si no tenemos claros los requisitos, las certificaciones pueden ser de gran ayuda (por ejemplo, exigir una certificación en seguridad tipo ISO 27001 a un prestador de servicios de seguridad parece una buena idea).
  • Definición de los servicios a externalizar: Este es quizás el punto clave, y por su extensión requeriría un post específico. Aquí me limito a señalar que, para empezar a externalizar, lo hagamos por aquellos servicios en los que claramente la subcontratación sea beneficiosa económicamente (subcontratar salga más barato que desarrollar con personal interno la misma tarea con el mismo nivel de servicio), y no suponga el acceso a know-how de negocio ni información confidencial. Si hay dudas, mejor empezar por otros servicios.
  • Control sobre los servicios externalizados: Tenemos que definir tanto los requisitos a controlar (SLAs, indicadores de nivel de servicio, cláusulas específicas, auditoría) como la metodología de control y supervisión, y que figure claramente en el contrato. No olvidemos que subcontratamos la operación, no la responsabilidad.

Como una primera aproximación, creo que estas ideas pueden servir para identificar los primeros pasos a seguir en la externalización de servicios. Si son ciertos los pronósticos de que el futuro va en esa dirección, tratemos de estar preparados para cuando se convierta en necesidad...

25 octubre 2006

Desarrollando Métricas

El objetivo de este post es ampliar un poco mi comentario en relación al post de Antonio Valle sobre métricas en su blog.

Como bien dice el citado post, las métricas están de moda. Sin embargo, a la hora de la verdad es difícil encontrar a alguien que tenga claro qué medir y cómo medirlo. Ni siquiera los propios estándares se ponen de acuerdo entre ellos, y hay diversos modelos de métricas. Esta pretende ser una breve guía sobre un modelo flexible y sencillo (espero), que creo que puede ser efectivo:
  1. En primer lugar, tenemos que identificar los procesos cubiertos y, sobre todo, qué hace cada uno (para una mayor aclaración sobre procesos, os recomiendo este post, de Jose Manuel Fernández).
  2. Una vez que tengamos claro el funcionamiento de cada proceso, tenemos que identificar aquellas situaciones en las que el proceso funciona bien. ¿Por qué decimos que funciona bien? Qué variable estamos identificando como correcta? Aquí tenemos los primeros candidatos a métricas.
  3. Cuando ya tenemos las primeras variables identificadas, tenemos que analizarlas. Ver sus interrelaciones, el significado de cada una, su composición y los parámetros que evalúa. ¿Cuáles son los que más nos interesan? ¿Cuáles reflejan de forma clara el principal objetivo del proceso? Tendremos que seleccionar los más adecuados, y ya tendremos las métricas operativas, de cada proceso.
  4. A continuación, pensemos en los procesos trabajando de forma conjunta para ofrecer servicios. Si cada proceso viene parametrizado por sus métricas, con los servicios va a suceder algo similar. El proceso a seguir es parecido, aunque con un elemento adicional a tener en cuenta. Van a aparecer métricas compuestas, derivadas de la interrelación de las anteriores, y otras propias del servicio, como entidad de nivel superior.
  5. Siguiendo el citado proceso de identificación y selección, llegaremos a escoger las métricas tácticas, que parametrizarán los servicios. Estas métricas serán más generales, estarán más cerca del nivel de negocio que las anteriores. Y si los servicios están estandarizados, algo necesario para el benchmarking, las métricas también lo estarán. Por tanto, aquí ya podemos hacer uso de estándares y guías que nos ayuden en esta identificación.
  6. Por último, y si queremos disponer de un juego de métricas completo, tendremos que desarrollar (o integrar) las métricas estratégicas. En este punto no sólo tendremos que identificar los parámetros de nuestros servicios, sino identificarlos y relacionarlos con parámetros de negocio como el rendimiento económico o la productividad. De nuevo, a este nivel nos ayudan los estándares, así como todo el conjunto de indicadores de negocio que, en mayor o menor medida, todas las organizaciones tienen desarrollado.

Por último, sólo señalar que esta es una aproximación botton-up, que parte de la ausencia de métricas para desarrollar el juego completo, de abajo hacia arriba. Sin embargo, en muchas organizaciones ya se cuenta, como he señalado, con indicadores estratégicos, y por lo tanto se puede tratar de usar una aproximación top-down. Para estos casos, mi consejo es que se siga una metodología compuesta, y que sea en el nivel táctico de parametrización de servicios donde se integren ambas aproximaciones. De este modo, será más sencillo identificar los indicadores de negocio con indicadores tácticos, y a partir de ahí encajar las métricas desarrolladas a nivel de proceso. Aunque esto sólo es un consejo...

Saludos

20 octubre 2006

Control Interno y Auditoría

En muchas ocasiones me encuentro con empresas que no tienen muy clara la diferencia entre control interno y auditoría. El objetivo de este post es, sencillamente, tratar de diferenciar ambos conceptos.

El control interno (siendo estrictos, las actividades de control interno) lo constituyen tareas y funciones inherentes a la propia actividad de la organización, y son aquellas actividades del día a día que tratan de verificar que los procesos se realizan según lo establecido. Son tareas distribuidas, que desarrollan desde los directivos hasta los técnicos y operarios. Hay actividades de control tan sencillas y acotadas como verificar que todas las piezas fabricadas están dentro del umbral permitido, y otras que pueden ser tan difusas como comprobar el grado de aprovechamiento de las acciones formativas. Ligado al control interno deberían aparecer los indicadores (tanto estratégicos como tácticos y operativos), como parámetros a evaluar dentro de esas actividades de control interno.

Por otro lado tenemos la auditoría. A diferencia de lo anterior, las auditorías son acciones puntuales y ajenas a los elementos auditados, cuyo objetivo es tratar de identificar el grado de cumplimiento de determinadas normativas y objetivos asociados. Las auditorías son análisis puntuales, cuyo objetivo es primordialmente emitir un diagnóstico objetivo y neutral sobre el estado del elemento auditado.

La confusión entre ambos conceptos nace de que ambas actividades están encaminadas a la evaluación del elemento controlado o auditado. Sin embargo, la diferencia es que las auditorías buscan más el análisis de estado y la consiguiente identificación de fortalezas y debilidades, mientras que el control interno se centra más en la identificación de tendencias. Además, las primeras son acciones puntuales, mientras que las segundas son continuas.

Está claro que existen muchas más connotaciones que habría que analizar a la hora de dar una definición y diferenciación completa entre ambos conceptos, pero espero que estas breves nociones sirvan para identificar más fácilmente las diferencias entre ambas. Al menos, para saber qué podemos exigir cuando tengamos que sentarnos frente a un auditor y pedirle que analice nuestra organización...